Preguntas Frecuentes sobre la COA en Querétaro
Respuestas claras y fundamentadas en la ley ambiental queretana para resolver tus dudas sobre la Cédula de Operación Anual ante SEDESU.
¿Cuál es el fundamento legal de la COA en el Estado de Querétaro?
El trámite se fundamenta en la Ley Estatal del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente del Estado de Querétaro y su Reglamento en materia de Prevención y Control de la Contaminación de la Atmósfera, así como en las facultades de regulación conferidas a la SEDESU.
¿Qué diferencia hay entre la COA Estatal y la COA Federal (SEMARNAT)?
La COA Federal aplica a los 11 sectores industriales de competencia exclusiva de SEMARNAT (química, petróleo, automotriz terminal, siderurgia, etc.). La COA Estatal aplica a todos los demás giros industriales, comercios y prestadores de servicios radicados en Querétaro regulados por SEDESU.
¿Qué pasa si mi empresa no presentó la COA en años anteriores?
Es posible realizar una presentación espontánea extemporánea. Presentarla voluntariamente antes de que exista una orden de visita o requerimiento formal de la Procuraduría PEPMARG evita la imposición de multas punitivas y regulariza el expediente.
¿Se requiere contar previamente con Licencia Ambiental para entregar la COA?
Sí. La Cédula de Operación Anual es la manifestación operativa periódica derivada de la Licencia Ambiental previa. Si tu empresa aún no cuenta con la Licencia Ambiental, podemos tramitar ambos instrumentos de forma coordinada.
¿Cuánto tiempo toma la elaboración e ingreso del expediente?
Con la información de consumos, bitácoras y manifiestos disponible, integramos la carpeta técnica en un lapso de 5 a 10 días hábiles, garantizando su ingreso puntual ante la ventanilla oficial de SEDESU.